El proyecto del Registro Electrónicos de Apoderamientos REA consiste en la implementación de un registro electrónico de representación y apoderamientos, creado y regulado en el RD 1671/2009 (art. 15), para hacer constar y gestionar las representaciones que los interesados otorguen a terceros, con el fin de que éstos puedan actuar en su nombre de forma electrónica ante la Administración General del Estado y/o sus organismos públicos vinculados o dependientes. Más información Portal Administración Electrónica (PAE) - REA
El Registro Electrónico de Apoderamiento se crea en el RD 1671/2009 (art. 15) y está regulado por la Orden HAP/1637/2012. El apoderamiento es una habilitación que los ciudadanos pueden otorgar a terceros para actuar en su nombre en determinados trámites o actuaciones. El REA permite hacerlo por medios electrónicos.
El Registro Electrónico de Apoderamiento REA (APODERA) es un registro electrónico de representación y apoderamientos, para hacer constar y gestionar las representaciones que los interesados otorguen a terceros, con el fin de que éstos puedan actuar en su nombre de forma electrónica ante la Administración General del Estado y/o sus organismos públicos vinculados o dependientes
El ciudadano que actúa como poderdante puede apoderar a cualquier otro ciudadano o empresa para que actúe en su nombre. Puede crear un apoderamiento sobre un trámite o una categoría de trámites, consultar sus apoderamientos, revocarlos o modificar la vigencia de éstos
A su vez, el ciudadano que actúa como apoderado puede representar a cualquier otro ciudadano o empresa, confirmar apoderamientos, para trámites, consultar sus apoderamientos o renunciar a los mismos.
Poderdante
El poderdante es el ciudadano que apodera, es decir da poderes, a cualquier otro ciudadano o empresa para que actúe en su nombre. Puede crear un apoderamiento sobre un trámite o una categoría de trámites, consultar sus apoderamientos, revocarlos o modificar la vigencia de éstos
Apoderamiento
Un apoderamiento es una habilitación que los ciudadanos pueden otorgar a terceros para actuar en su nombre en determinados trámites o actuaciones por medios electrónicos ante la Administración General del Estado y/o sus organismos públicos vinculados o dependientes.
Tipos Apoderamiento:
- Apoderamiento General para todas las Administraciones Públicas y todas las actuaciones (General)
- Apoderamiento para una Administración Pública u organismo y todas las actuaciones (Entidad)
- Apoderamiento por trámites y procedimientos (Procedimiento/trámite)
Apoderado
El apoderado es un ciudadano que representa a cualquier otro ciudadano o empresa, al que éste le ha otorgado poderes
Trámites
Los trámites pueden agruparse en Categorías, que son agrupaciones de trámites que permiten en una única operación en el REA otorgar un apoderamiento global para todos ellos. La agrupación de trámites la determina el organismo competente.
Si éste actualiza la agrupación de trámites de una categoría, añadiendo o eliminando trámites, los apoderamientos que se hubieran realizado sobre la misma quedarán automáticamente actualizados sin necesidad de intervención por parte del poderdante o apoderado
Concepto | Palabras clave |
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Diccionario |
Concepto | Palabras clave |
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Atencion Ciudadano y Empresa |
Concepto | Palabras clave |
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Nº de apoderamientos existentes en REA (acumulado) | REA APODERAMIENTO |
Nº de organismos adheridos a REA (acumulado) | REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS REA |
Nº de procedimientos activos en REA (acumulado) | REA PROCEDIMIENTOS |
Concepto | Palabras clave |
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Acción REA | REA CONSULTA |
Apoderado REA | REA |
Apoderamiento REA | REA |
Estado REA | REA |
Organismos REA | REA |
Poderdante REA | REA |
Trámite REA | REA |